CIRCULAR 6/2020

FEDERACIÓN COLOMBÓFILA ARGENTINA

CIRCULAR 6/2020

Buenos Aires, 12 de mayo de 2020

LA COLOMBOFILIA ANTE EL CORONAVIRUS – PARTE III 

En consideración de las medidas anunciadas por el Gobierno Nacional para el período comprendido entre el 11/05 y el 24/05, no se ha dispuesto una resolución general que facilite, entre otras actividades, la circulación de colombófilos para la realización de entrenamientos particulares o colectivos.

Sin embargo, la F.C.A. considera que en los sectores geográficos que han iniciado la Fase 4, y dentro de ellos, específicamente, los lugares en que los gobiernos provinciales han flexibilizado la cuarentena o facultado a los Municipios para establecer excepciones a las restricciones de circulación, es posible y recomendable iniciar las gestiones ante estos últimos para obtener permiso de circulación para entrenar en ruta en forma particular e individual, en un radio reducido, cumpliendo las exigencias habituales para los movimientos de palomas (ver circular 5/2020 y los instructivos para colombófilos que se han remitido recientemente) y las que se vinculan a la situación sanitaria nacional.

En ese sentido, la F.C.A. adjunta a la presente circular un modelo de nota/protocolo, el que los directivos de las Asociaciones radicadas en los sectores que se detallarán a continuación deberán completar (puede descargarse la versión Word del sitio web de la F.C.A. por si consideran pertinente hacerle algunas modificaciones, como por ejemplo si la solicitud se gestione ante el Gobierno Provincial) y presentar ante las autoridades municipales. Para los casos en que obtengan respuesta favorable, deberán transmitirlo a sus afiliados para iniciar sus vareos en ruta bajo las condiciones que en definitiva establezca la autoridad local y a la F.C.A. para un seguimiento de la situación. En caso de existir una respuesta negativa, deberán comunicarlo a la F.C.A., la que procurará revertir la situación por diversas vías.

En relación a los demás sectores en los que el Gobierno ha señalado que aún no están dadas las condiciones para la flexibilización de la cuarentena (el Área Metropolitana de Buenos Aires –AMBA- y grandes conglomerados en el interior del país), por el momento no resulta conveniente la presentación de una solicitud como la que se adjunta. Es de esperar que a partir del 24/05 se pueda seguir la metodología que a partir de este momento iniciamos en el resto del país. Hasta entonces, se recuerda que no son posibles los entrenamientos particulares ni colectivos de palomas.

La C.D. de la F.C.A. quiere solicitar, dada la situación dispar que se registrará al prosperar los permisos en algunos municipios y en otros no, especialmente a aquellos afiliados que estén radicados en lugares que próximamente gocen de tal habilitación, evitar todo comportamiento privado o público que pudiera considerarse provocativo o hiriente a quienes por el momento no estarán habilitados para varear en ruta.

Por otro lado, en cuanto a las competencias colombófilas, la F.C.A. se encuentra abocada a la elaboración de un protocolo, el que oportunamente se presentará ante las autoridades nacionales, en caso de que no haya próximas disposiciones de índole general que permitan su desarrollo y deba requerirse una autorización específica para llevar adelante nuestra actividad deportiva. 

 

Sectores en los que se recomienda a las Asociaciones Locales el inicio de la gestión ante las Autoridades Municipales para obtener permiso para traslados particulares de palomas en ruta:

Provincia de Buenos Aires: Municipios de los Partidos Marcos Paz, General Las Heras, General Alvarado, General Madariaga, Villa Gesell, Pinamar, Punta Médanos, Partido de la Costa, General Paz, Brandsen, Lobos, Exaltación de la Cruz, Baradero, Rojas, Leandro N. Alem, General Pinto, General Viamonte, Carlos Tejedor, Rivadavia, Carlos Casares, Pellegrini, Tres Lomas, Salliqueló, Guaminí, Daireaux, Adolfo Alsina, General La Madrid, Coronel Suárez, Puán, Tornquist, Villarino, Monte Hermoso, Laprida, Benito Juárez, Azul, Rauch, Las Flores, 25 de Mayo y todos aquellos Partidos que hayan habilitado, bajo alguna modalidad, las salidas recreativas.

Provincia de Córdoba: Municipios de las denominadas Zonas Blancas.

Provincia de Santa Fe: Todos los Municipios a excepción del Gran Rosario y Gran Santa Fe.

Provincias de Entre Ríos, La Pampa, Chubut, Río Negro, San Luis, Santiago del Estero, San Juan, Tucumán: Todos los Municipios.

Provincia de Neuquén: Todos los municipios a excepción de los de Neuquén-Plottier-Centenario y Loncopué.

Provincia de Mendoza: Todos los municipios a excepción del Gran Mendoza.  

 

 

Osvaldo Dagnino

Presidente

 

Horacio Palumbo

Secretario General

 

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