CIRCULAR 09/2009.

 REEMPADRONAMIENTO GENERAL COLOMBOFILO
 
Dada la falta de comunicaciÓn fluida entre las asociaciones con esta Federación, en lo que hace a la comunicación de altas y bajas de asociados, existen en el fichero general de esta entidad un número exagerado de asociados que no hacen a la realidad del potencial colombófilo nacional. También se ha comprobado que existen personas que si bien en alguna oportunidad gustaron de nuestro deporte, hoy ya no lo practican pero siguen conservando su carné que le permite usufructuar los derechos de los asociados activos. Por ello, esta Comisión Directiva ha resuelto actualizar el FICHERO GENERAL de asociados y proveer a los mismos un nuevo carné que dejará sin valor el actualmente vigente. Por lo tanto se dispone a nivel nacional el REEMPADRONAMIENTO total de asociados, en sus distintas categorías. Las Asociaciones afiliadas irán recibiendo la nueva ficha de afiliación de asociados la que deberá ser confeccionada por duplicado y conjuntamente con tres fotografías actualizadas, ser entregadas bajo recibo en la Secretaría de esta Federación antes del 30 de noviembre del corriente año o en su defecto en un lapso no mayor a los 60 días corridos a contar de la fecha de Recepción.
 
Las Asociaciones que no puedan hacer entrega personal de la documentación, la deberán remitir por pieza postal CERTIFICADA que sirva como constancia de su envío en tiempo y forma. El incumplimiento de las pautas previstas en la presente CIRCULAR será comunicado al Honorable Tribunal de Penas para que adopte las medidas que se estimen corresponder. Es de suma importancia que se llenen los campos correspondientes a las coordenadas geográficas del palomar las que deberán ser expresadas en grados, minutos y segundos. Para aquellos que tengan navegadores que expresen los guarismos de segundos en el sistema métrico, deberán efectuar la conversión a segundos. Por ejemplo para una latidud que sea 34º23,985 a los 985 se los deberá pasar a segundos (no mas de 59) y se hará multiplicando los 985 por 0,06 lo que da 59 segundos.
 
 No existiendo la categoría "INVITADOS" aquellos asociados de otras Instituciones que compitan en concursos sociales deberán ser incluidos en la tramitación como ASOCIADOS ACTIVOS ya que es la única forma de que estén a reglamento en cuanto a sus derechos, obligaciones y régimen disciplinario.
 
Se recuerda a todas las asociaciones que se encuentran en total vigencia los anexos Siete (7) CENSO DE PALOMAS y Tres (3) REGISTRO DE SOCIOS, PALOMARES Y PALOMAS. La próxima remisión de la documentación se hará antes del 30 de abril de 2010 y desde allí en más anualmente se deberá efectuar dicha tramitación antes de la fecha indicada de cada año. Igualmente se recuerda que deben remitir los anexos Dos (2) ESTADISTICAS DE RESULTADOS y Cinco (5) RESULTADOS DE CONCURSOS FEDERALES. El primero y a los efectos de no recargar tareas a los directivos, esta Comisión permitirá que se efectue en un solo acto al finalizar la temporada de vuelos, no insistiendo en la remisión parcial por línea como lo exige la normativa vigente. Una vez analizada la información y efectuado los registros correspondientes, las estadísticas serán compartidas a los distintos órganos de difusión peridística para su conocimiento nacional.
 
Las Instituciones que no den cumplimiento en tiempo y forma a estas tramitaciones no podrán ver reflejadas sus actividades en las publicaciones a cargo de esta Entidad mas allá de incurrir en transgresión reglamentaria.
 
Por último, es nuestro deber observar que muchas Asociaciones no han dado aún cumplimiento a lo dispuesto en la Circular 5/2009. Se establece para su entrega la fecha máxima del 30 de noviembre de 2009, remitiéndose esta autoridad a posteriori el listado de quienes no hayan cumplido el requisito al Honorable Tribunal de Penas para su análisis y dictamen. Sabemos que la decisión adoptada por esta Comisión comprende un esfuerzo compartido con el que se requiere a todas las Instituciones del país y es en definitiva la voluntad de transparentar nuestro manejo administrativo y poder contar con un real conocimiento de nuestro potencial colombófilo en los términos de la Ley 12.913 que nos permita realizar solicitudes y responder con toda precisión los requerimientos de los distintos organismos oficiales de las Provincias y La Nación
 
LLEVA FIRMAS: SERGIO LEVITAN SECRETARIO GENERAL - JUAN GALANZINO PRESIDENTE

Temas relacionados

Nuestro Deporte Comisión Directiva Tribunal de Penas Institucional Ley Colombófila